Ley Nº 23.240/85
Prioridades en planes de vivienda Ampliación del artículo 11 de la Ley 
23.109.
Beneficios para ex-soldados conscriptos que hayan participado en 
acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2/4/82 y el 
14/6/82 -Prioridades en planes de vivienda Ampliación del art. 11 de la 
Ley 23.109.
Sanción: 10 septiembre 1985 - Promulgación: 1 octubre 1985 - 
Publicación: B.O. 9/10/85 
Citas legales: Ley 23.109: XLIV-D, 3752.
Articulo 1º.- Agréguese como segundo párrafo al art. 11 
de la Ley 23.109, el siguiente: 
A los fines de facilitar la prioridad relacionada, las entidades que se 
mencionan en el párrafo anterior, destinarán no menos del 1% de los 
planes de viviendas que implementaren, a ser adjudicados a los 
beneficiarios de la presente Ley y hasta que se complete el 
requerimiento de los mismos. Invitase a las provincias a adherir a las 
disposiciones de la presente Ley. 
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.