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CENTRO DE EX SOLDADOS COMBATIENTES EN MALVINAS DE CORRIENTES

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Leyes de la Provincia de Corrientes

Principales Leyes que benefician a Ex Combatientes de Malvinas de la Provincia de Corrientes

Todas las Leyes de la Provincia de Corrientes y Ordenanzas Municipal de la ciudad de Corrientes fueron propuestas y sancionadas a pedido del Centro de Ex soldados Combatientes en Malvinas de Corrientes.

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LEY Nº 4.745/93
EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1º: EXIMESE a los Ex - Combatientes de Malvinas (Ex soldados conscriptos) de abonar el 50 % del valor de las cuotas de amortización de las viviendas que les fueran adjudicadas por el Instituto de Vivienda de Corrientes.

ARTICULO 2º: EN el supuesto de adjudicaciones efectuadas con anterioridad a esta Ley, las cuotas abonadas se computarán, cada una, como dos cuotas pagadas. En el caso de las devengadas y no abonadas, a los efectos de su cobro, deberá deducirse de las mismas el 50% de su valor.

ARTICULO 3º: EN todos los casos, no se modificarán los planes en cuanto al número de cuotas, salvo que el interesado así lo acordara expresamente con el Instituto de Vivienda de Corrientes.

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo.

Dado en la sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres.

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