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CENTRO DE EX SOLDADOS COMBATIENTES EN MALVINAS DE CORRIENTES

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Leyes de la Provincia de Corrientes

Principales Leyes que benefician a Ex Combatientes de Malvinas de la Provincia de Corrientes

Todas las Leyes de la Provincia de Corrientes y Ordenanzas Municipal de la ciudad de Corrientes fueron propuestas y sancionadas a pedido del Centro de Ex soldados Combatientes en Malvinas de Corrientes.

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LEY Nº 4.415/90
EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTÍCULO 1º - ESTABLECESE, para excombatientes que acrediten debidamente tal condición, residentes en la Provincia de Corrientes y que no gocen de cobertura por parte de ninguna Obra Social, los beneficios que en tal sentido brinda el Instituto de Obra Social de la Provincia de Corrientes (IOSCOR).

ARTÍCULO 2º - PARA acceder a dichos beneficios, el interesado deberá efectuar mensualmente los aportes que, con destino al mencionado Instituto, se retienen de los haberes de los Agentes de la Administración Pública que revisten en la Clase 01. En ocasión de utilizar los servicios que brinda IOSCOR, el beneficiario deberá presentar los comprobantes de que sus aportes se encuentren al día.

ARTÍCULO 3º - EXTIENDESE la cobertura del IOSCOR al grupo familiar del excombatiente de acuerdo al siguiente detalle: Esposa, Hijo, Padre y Madre.

ARTÍCULO 4º.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo.

Dado en la sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes, a los trece días del mes de julio de mil Novecientos noventa.

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