Malvinas / Historia
La disputa de las Islas Malvinas (1833-1945)
- Ambiciones expansionistas de Gran Bretaña
En los siguientes veinte años no se registraron hechos
notables en la historia de las relaciones anglo-argentinas por el tema Malvinas.
Sin embargo, desde principios de siglo se intercambiaron las primeras salvas
diplomáticas por las islas conocidas por los británicos como "Dependencias" y
ubicadas más al sur que las Malvinas, tema sobre el que trataremos en el
apéndice a este capítulo.
Recién a mediados de 1908, durante la presidencia de José
Figueroa Alcorta, se abrió un nuevo ciclo en los intercambios diplomáticos entre
ambos países por el archipiélago malvinense. El 21 de julio Su Majestad
Británica emitió una Carta Patente Real que formalmente constituyó a las
Georgias del Sur, las Orcadas del Sur, las Shetland del Sur, las Islas Sandwich
y el territorio de la Tierra de Graham (San Martín) como dependencias de la
Colonia de las Islas Falkland (1). Es curioso que este documento incluyera
dentro del área delimitada como posesión de la Corona parte de la Patagonia y
sur de Chile. Este grueso "error" que nunca fue explicado, señalaría la
existencia de un impulso a expandir aún más las fronteras de su dilatado Imperio
colonial de principios de siglo. El texto de las cartas de 1908 proclamaba lo
siguiente:
Westminster, Julio 21 de 1908
Eduardo Séptimo etc. (...)
Considerando que los grupos de las islas conocidas
bajo el nombre de South Georgia, South Orkneys, South Shetland, Sandwich
Islands, y el territorio conocido bajo el nombre de Graham's Land,
situados en el Océano Atlántico del Sud, al sur del paralelo 50 de
latitud sur, y ubicados entre los grados 20 y 80 de longitud oeste, son
parte de nuestros Dominios, y que es conveniente que se declaren a sus
respectivos gobiernos como Dependencias de nuestra Colonia de las Islas
Falkland.
1°) Declaramos ahora por
la presente desde ya, y después de las publicaciones de esta nuestra
Carta Patente en la "Gaceta" de nuestra Colonia de las Islas Falkland,
que dichos grupos de islas, conocidas como South Georgia, las South
Orkneys, las South Shetland, y las Islas Sandwich y el territorio
mencionado de Graham's Land, pasarán a ser Dependencias de nuestra
citada Colonia de las Islas Falkland.
2°) Y declaramos además
por este medio, que desde y después de tal publicación, como queda
dicho, el actual Gobernador y Comandante en Jefe de nuestra Colonia de
las Islas Falkland (en adelante denominado el "Gobernador"), será el
Gobernador de South Georgia, South Shetland, South Orkneys y las Islas
Sandwich y el territorio de Graham's Land (todas las cuales más adelante
son llamadas Dependencias); y le otorgamos por la presente todas las
facultades de Gobierno y Legislación, en y sobre las Dependencias, que
de tiempo en tiempo han sido otorgadas a nuestro Gobernador mencionado,
en y sobre nuestra Colonia de las Islas Falkland, (...) (2).
El trazado de las coordenadas establecidas por la Carta
permite ver que dentro de sus límites se incluían la totalidad de Tierra del
Fuego, parte de Santa Cruz y parte de la provincia chilena de Magallanes. El 28
de marzo de 1917 una nueva Carta Patente rectificó los límites de la anterior.
Estos fueron establecidos, ahora, entre las longitudes 20º y 50º Oeste al sur de
la latitud 50º Sur, entre las longitudes 50º y 80º al sur de la latitud 58º Sur.
La superficie del área asciende en total a tres millones de millas cuadradas,
equivalente "al uno y medio por ciento de la superficie total del globo" (3).
El gobierno argentino tomó conocimiento del contenido de la
carta al solicitar al enviado inglés una copia del texto. El 20 de febrero de
1909 éste envió lo solicitado y acompañó la copia del texto oficial publicado en
el Falkland Island Gazette con una breve nota en donde calificó a la
carta patente como "declaración" (4).
Respecto de la reacción argentina frente al contenido del
documento existen versiones diferentes. Algunas fuentes afirman que la carta fue
modificada en 1917 "ante la protesta y el estupor de Argentina y Chile" (5). Sin
embargo, Fitte demuestra que no hubo protesta alguna y que la Argentina sólo se
limitó a una nota de agradecimiento por el envío de la información (6). Según
ese autor, la necesidad de introducir las modificaciones de 1917 en la carta
(que "devolvieron" la Patagonia a la Argentina y Magallanes a Chile) se originó
(lamentable e inexplicablemente) en los propios funcionarios ingleses y no en
las protestas criollas (7).
Existen abundantes pruebas de que éste fue el caso, y el
principal responsable parece ser el canciller argentino Victorino de la Plaza,
más tarde presidente, que ocupó el cargo de ministro de relaciones exteriores
entre junio de 1908 y agosto de 1909. Por ejemplo, un memorándum del 8 de
diciembre de 1927 de J.C.W. Torr, funcionario del Foreign Office, decía que:
Ante la emisión de las patentes, (...) el ministro
argentino de Relaciones Exteriores le preguntó a Mr. Russell acerca de
los términos de esta declaración de soberanía. Se instruyó a Mr. Russell
que le proporcionara una copia de la Gazette en la que las
patentes habían sido publicadas. Hizo ello y el gobierno argentino acusó
recibo de su nota sin comentarios" (8).
Por cierto, se observa en este período una asombrosa
complacencia del gobierno argentino frente a los avances británicos, una
complacencia que es raramente advertida por los autores argentinos a pesar de la
gravedad del tema, cuando lo que estaba en juego no era ya tan sólo el antiguo y
ambiguo litigio de Malvinas, sino buena parte de una Patagonia que en 1908 ya
era indiscutiblemente argentina.
No sorprende pues que esta relativa complacencia haya
afectado también al ciertamente más difícil litigio de Malvinas. Entre los
autores argentinos se observa una tendencia a atribuir más tesón irredentista a
los gobiernos de la época que el que realmente tenían. Según Fitte, por ejemplo,
hubo por lo menos una protesta frente a Gran Bretaña cuando la Convención Postal
de Roma incluyó a las Malvinas entre las colonias británicas (9). Ferrer Vieyra
incurre en el mismo error, aunque como lo demostró Alejandro Corbacho, ello
puede ser desmentido por los mismos documentos aportados por Ferrer Vieyra. Sin
embargo, ni siquiera esta afirmación (a la que adhieren también otros autores
argentinos) puede corroborarse. Por cierto, una búsqueda realizada por el
director de la biblioteca de la cancillería argentina en febrero de 1995 arrojó
un resultado negativo: el supuesto documento no está en los archivos argentinos
(10).
Por otra parte, el resultado arrojado por esa búsqueda no
podía ser otro, ya que un cuidadoso estudio de los documentos existentes
demuestra que la supuesta protesta argentina de 1908 no fue ante Gran
Bretaña, sino ante Italia (11). Lo que en realidad ocurrió fue que en 1908
el ministro italiano en Buenos Aires informó al gobierno argentino que la Unión
Postal de Roma había incluido a las islas Malvinas como británicas, porque éstas
se habían adherido a la Convención sobre Cartas Certificadas. Entonces el
canciller De la Plaza, al contestar a la nota italiana, protestó formal y
solemnemente sobre esa inclusión, y el ministro italiano informó a su gobierno
de la respuesta argentina, pero el canciller no protestó ante Gran Bretaña. El
ministro británico en Buenos Aires, Walter Townley, se enteró informalmente del
episodio y optó por no conversar sobre el tema con el canciller argentino, pero
informó a su gobierno que si la cuestión se presentaba él diría que el gobierno
de Su Majestad no podía discutir la cuestión, lo que era una línea discursiva
coincidente con las instrucciones generales que el ministro tenía del Foreign
Office. El gobierno británico aprobó el curso de acción sugerido por Townley y
la cuestión terminó allí. Por este motivo la protesta de 1908 no es reconocida
como protesta por los ingleses, que en 1928 arguyeron que no recibían
protestas argentinas desde 1888 (12).
-
R. Perl, ed., op. cit., p. 78.
-
Ernesto J. Fitte, La disputa con la Gran Bretaña por
las islas del Atlántico Sur, Buenos Aires, Emecé, 1968, pp. 212-213.
Fitte subraya que, extrañamente, la carta patente fue publicada sólo en el
periódico oficial del gobierno de las Malvinas (Falkland Island Gazette),
editado en Puerto Stanley. No fue divulgado por otros periódicos del
Imperio. Ibid., p. 214.
-
Laurio H. Destefani, Malvinas, Georgias y Sandwich del
Sur ante el conflicto con Gran Bretaña, Buenos Aires, Edipress, 1982, p.
104.
-
E.J. Fitte, op. cit., pp. 215-216.
-
L.H. Destefani, op. cit., p. 104.
-
La nota, aparentemente enviada el 18 de marzo de 1909, no
fue encontrada en los archivos argentinos y sólo se conoce su existencia por
fuentes británicas, pero que no mostraron el documento. E.J. Fitte, op.
cit., p. 216. Sin justificar sus afirmaciones, Fitte sostiene que el
silencio argentino "le restó vigencia al documento británico, destituyéndolo
de toda validez como elemento adquirente de derechos". Es más, "valía igual
que negarle autoridad y trascendencia a la autoproclama". Ibid., p.
217. Sin embargo, el lado británico no lo percibió del mismo modo (ver más
adelante).
-
E.J. Fitte, op. cit., p. 218.
-
F.O. 371/12735; F.O. Paper O.P. 313-27, E. Ferrer Vieyra,
1993, op. cit., p. 421, énfasis agregado.
-
E. Ferrer Vieyra, 1993, op. cit., p. 183.
-
Búsqueda solicitada por el investigador argentino
Alejandro Corbacho.
-
En la página 183 de su obra de 1993, Ferrer Vieyra
atribuye a la Argentina una protesta ante Gran Bretaña en 1908. Sin embargo,
el informe Torr, que él mismo transcribe, da cuenta de que el reclamo fue
ante Italia, y no frente a Gran Bretaña. Ver Informe Torr, E. Ferrer Vieyra,
1993, op. cit., p. 425.
-
E. Ferrer Vieyra, 1993, op. cit., p. 468;
memorándum de John W. Field, FO, 29 de febrero de 1928; informe de Gastón de
Bernard del 7 de diciembre de 1910 (jefe del archivo del Foreign Office, que
fue el autor del primer informe erudito británico que pone en duda los
derechos británicos a las Malvinas).
Esta información procede de
"Historia General de las Relaciones Exteriores de la Argentina" se
han vinculado solo los temas relacionados con Malvinas. Esta obra esta compuesta
de 14 tomos publicada por Iberoamérica y los Directores son Andrés Cisneros y
Carlos Escudé.
El presente material podrá ser utilizado con fines estrictamente académicos
citando en forma explícita la obra y sus autores. Cualquier otro uso deberá
contar con la autorización por escrito de los autores.
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Historia de las Islas Malvinas
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