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Malvinas / Historia

La disputa de las Islas Malvinas (1833-1945)

  • Una cuestión de filatelia

Desde hacía algún tiempo, una de las dimensiones más importantes de la diplomacia relacionada con el litigio de Malvinas corría por el tema de las controversias generadas por los sellos postales. Este es un indicador de la relativamente baja relevancia que se le asignaba al tema tanto en la Argentina como en Gran Bretaña. Para la primera, especialmente, su relación con la segunda era demasiado importante y provechosa como para permitir que un litigio por islas que difícilmente podían contribuir al progreso argentino condujera al deterioro de unas relaciones que, por el contrario, eran vitales para el mismo. Este es también el motivo por el cual la historia de la dimensión Malvinas de la política exterior argentina es necesariamente una historia muy espaciada, con intervalos de años de inactividad.
    Por cierto, durante la presidencia de Marcelo Torcuato de Alvear la controversia de Malvinas giró principalmente en torno de un eje filatélico. A partir del año 1922, el gobierno argentino decidió rechazar toda correspondencia desde o hacia las Islas Malvinas, a la vez que obstruía las comunicaciones telefónicas y telegráficas. Como consecuencia, el gobierno de las islas estableció un servicio regular de vapores con Montevideo. Finalmente, cuando los británicos protestaron ante la Argentina por la situación creada, el gobierno argentino respondió que nada tenía que ver con disposiciones tomadas por funcionarios menores de Correos y Telégrafos. Sin embargo, el embajador británico pudo dar con una circular del gobierno argentino donde se instruía precisamente al Correo a no distribuir cartas de o hacia Malvinas. No obstante, el gobierno argentino insistió en que no se trataba de una política oficial, sino de la iniciativa de funcionarios insumisos: se comprometió a investigar el caso, y en marzo de 1928 se restablecieron las comunicaciones con las Malvinas. Recién en julio de aquel año se firmó el decreto que restablecía el servicio a las islas, aclarando que la prestación del servicio de ningún modo podía afectar los derechos soberanos de la Argentina sobre el territorio en disputa (1).
    Mientras tanto, el gobierno argentino reanudaba en 1928 sus presentaciones ante la Unión Postal Universal. El 20 de enero el ministro de relaciones exteriores envió un memorándum al embajador británico sobre la declaración de la Administración Postal Argentina a la Oficina Internacional de la Unión Postal Universal, estableciendo que la jurisdicción territorial de la República comprendía las Islas Malvinas, Orcadas del Sur y Georgia del Sur. Más tarde, la Argentina también rechazó la nota del gobierno británico del 17 de diciembre donde se expresaba su sorpresa ante las pretensiones argentinas concernientes a los derechos sobre las islas del Atlántico Sur. Respecto de las Malvinas el memo argentino decía:

cumple a esta Cancillería manifestar que si bien es exacto que desde 1833 esas islas han estado bajo ocupación británica, no lo es menos que desde esa fecha y en diversas oportunidades el Gobierno Argentino ha protestado por dicha ocupación y por el acto originario que la determinó (2).

Respecto de las Islas Orcadas del Sur, la Argentina confirmó la declaración del 15 de diciembre de 1927 (ver apéndice), por la cual la soberanía argentina tiene como fundamento la primera y continua ocupación de las islas (3).
    Por otra parte, es digno de ser consignado que en esta época los británicos frecuentemente expresaron dudas privadas, en su correspondencia oficial, sobre la legitimidad de sus títulos a Malvinas. Por ejemplo, en una carta del 3 de noviembre de 1928, el embajador sir Malcolm Robertson comentaba a sir Ronald Lindsay que:

Con respecto a las islas Falkland, siempre he considerado, desde que leí el memorándum de Bernhardt del Foreign Office de diciembre de 1910, que nuestro reclamo a las islas es en verdad muy débil. En realidad está basado sobre la fuerza y muy poco más. Esta opinión parece haber sido mantenida por sucesivos gobiernos británicos desde los días de Lord Palmerston, porque han realizado esfuerzos para evitar que la verdad sea proclamada. Me doy cuenta que las islas son de un valor estratégico vital para nosotros y que no podemos renunciar a ellas, sin importar lo justa o injusta que pueda ser nuestra posición. Todo lo que quiero es continuar la política de los gobiernos anteriores y permanecer en silencio. No creo que el gobierno argentino presente seriamente la cuestión a menos que los forcemos por resentirnos ante sus periódicas punzadas y sus periódicas reafirmaciones de su reclamo. (...) Mantenemos nuestro reclamo al mantener la ocupación, que es por lejos más fuerte que un número de notas que sólo pueden dar lugar a desagradables controversias y finalmente podrían llevar al gobierno argentino a la sugerencia de que se remita todo el asunto a la Corte Internacional de Justicia de La Haya (4).

Lamentablemente (o quizá, comprensiblemente, por la dependencia argentina respecto de Gran Bretaña) Robertson tenía razón al suponer que la Argentina no iba a llevar su reclamo demasiado lejos. Durante estos años la arena del debate diplomático se trasladó al inocuo campo de la emisión de valores postales. A raíz de ello se produjo el intercambio de notas y protestas. Para conmemorar el centenario de la ocupación de las Malvinas, en 1933 el Royal Mail (correo británico) emitió unas estampillas conmemorativas de las islas. El Correo Argentino reaccionó duramente y decidió, luego de consultar con los Ministerios de Relaciones Exteriores y del Interior, declarar que "toda correspondencia que llegase al país ostentando tales estampillas, sería considerada como carente de franqueo, y su destinatario pagaría, en consecuencia, la multa establecida por las disposiciones legales vigentes" (5). El historiador norteamericano, Paul Goodwin, analizó el caso con detenimiento. Al respecto, cuenta que un funcionario del Foreign Office informó que el asunto de las estampillas había generado "un considerable e infortunado comentario en Argentina, que considera el hecho como un acto provocativo y que no puede ser ignorado" (6).
    Desde la Oficina Postal General de Gran Bretaña, la respuesta a las acciones argentinas se limitó a una presentación ante la Unión Postal Universal. En ella se sostenía que las Islas Falkland se hallaban bajo administración de ese país y que la acción del gobierno argentino era una ruptura en la convención. Pero públicamente, la actitud del gobierno británico fue la de ignorar las protestas: "es mejor dejar pasar esto sin protestar en ningún ámbito, dado que los casos de no reconocimiento [del franqueo] no parecen ser numerosos" (7). Sin embargo internamente, el asunto tuvo consecuencias intradepartamentales. El Foreign Office se enojó con el Colonial Office y con el gobernador de las islas, dado que, según el primero, el asunto habría podido evitarse si se lo hubiera consultado antes de emitir los sellos. De ahora en adelante, los funcionarios del Foreign Office solicitaron ser informados con anticipación sobre cualquier plan de emisión de estampillas relacionado con las Falkland y, en consecuencia, con la Argentina (8).
    El siguiente round de esta disputa filatélica fue iniciado por la Argentina. En 1936, bajo la presidencia de Agustín P. Justo, la Dirección de Correos emitió sellos postales donde las Islas Malvinas figuraban como parte del territorio nacional (9). Ello puso en movimiento a la administración británica (10). El Colonial Office pidió instrucciones al Foreign Office. Una vez más, el último se mostró renuente a permitir que el hecho trascendiera y que se descontrolara. Por ello, los británicos optaron por no confrontar públicamente con el gobierno argentino y tomaron un curso indirecto, una protesta informal a través de una charla amistosa. Así, miembros de la embajada en Buenos Aires se entrevistaron con el subsecretario de Estado argentino, Ibarra García. El posterior informe de la embajada explicó que Ibarra también deseaba evitar un debate potencialmente dañino y contraproducente sobre la soberanía de las islas. Pese a esto, afirmó que la Argentina nunca abandonaría sus reclamos. Para el gobierno argentino, la dificultad residía en que la "opinión pública era tajante (very strong) respecto del tema de las islas" (11). Sin embargo, el asunto tomó estado público cuando en febrero de 1936, el parlamentario lord Apsley interrogó ante los Comunes al secretario de Estado para asuntos extranjeros sobre qué pasos había dado el gobierno británico para objetar las estampillas que mostraban a las Falkland como "propiedad argentina" (12).
    Para elaborar una respuesta, el Foreign Office solicitó un informe al asesor legal del Ministerio, G. H. Fitzmaurice, quien con fecha 6 de febrero presentó un memorándum que en alguno de sus pasajes sostenía lo siguiente: (13)

Aparte de la convención no hay norma general de derecho internacional que impida que un país emita estampillas de esta naturaleza si considera que tiene un buen reclamo sobre el territorio involucrado...Por supuesto que podemos discutir con el Gobierno argentino por la emisión de las estampillas con el fundamento que no tienen ningún reclamo válido a las Islas Falkland, pero como último recurso el único medio con el que podríamos impedir que emitieran las estampillas si eligen mantener su reclamo, sería ir a arbitraje y obtener una decisión que su reclamo es malo ante la ley. Pero a decir verdad no estamos particularmente ansiosos por ir a arbitraje. Nuestro caso tiene ciertas flaquezas. Pero hemos estado en ocupación efectiva (pese a que los argentinos alegan que ilegítima) por más de un siglo; y por razones estratégicas nunca podríamos abandonar las Islas. Entonces parece (mejor) no tomar la línea dura...Y creo que la política correcta es que permanezcamos firmes en las Islas Falkland y rehusemos discutir el asunto, más allá de intimar de tiempo en tiempo que no admitimos reclamo argentino y lamentamos su continua insistencia en esto... (14)

En forma pública, la respuesta a lord Apsley en los Comunes fue dada por Anthony Eden:

El gobierno de Su Majestad no puede admitir tal reclamo a las Islas, que son territorio británico...pero se ha instruido al Embajador de Su Majestad en Buenos Aires que llame una vez más la atención del Gobierno argentino al hecho de que nada provechoso se puede conseguir con acciones tales como la emisión de la estampilla en cuestión, que sólo puede ser perjudicial para las buenas relaciones entre los dos países (15).

Como consecuencia del discurso parlamentario, la Dirección General de Correos de la Argentina informó en una nota del 22 de abril de 1936 que no estaba en sus planes retirar de circulación las controvertidas estampillas, pues, de hacerlo, podría generar la equivocada creencia de que el país había abandonado sus reclamos por las Malvinas. Al año siguiente, las estampillas fueron reeditadas (16). Dentro del gobierno británico las discusiones sobre la incorporación de mapas de las islas en las estampillas continuaron. Sin embargo, se impuso el criterio del Foreign Office de no agitar el tema para no despertar la reacción argentina (17). No fue sino hasta 1977 que Gran Bretaña volvió a emitir sellos postales con un mapa de las Islas Malvinas.
    El 28 de agosto de 1936, el ministro de relaciones exteriores de Gran Bretaña, Anthony Eden, envió a N. Henderson, embajador en Buenos Aires, una nota confidencial resumiendo los títulos de su país sobre las Islas Malvinas y rechazando el recurso al arbitraje. Según Eden, la reclamación británica estaba fundada :

1) En una posesión de cien años, discutida o no; por ello, se había adquirido título por prescripción;

2) En que en 1811 (cuando los españoles las abandonaron) las Islas estaban deshabitadas;

3) En que las Islas eran res nullius cuando los británicos las ocuparon en 1833; si esto no fuera totalmente correcto, de todos modos la cuestión estaba cubierta por la prescripción del título argentino generada por los cien años de ocupación británica (18).

En la misma nota Eden agregaba reflexiones sobre el hecho de que, de cualquier modo, como la Argentina carecía de fuerza militar para hacer valer sus presuntos derechos, si fracasaba la persuasión que con estos argumentos se buscaba, bajo ninguna circunstancia debía aceptarse un arbitraje. En última instancia, pues, la relación de fuerzas resultaba el factor determinante en una política británica que se debatía en dudas acerca de la legitimidad de sus derechos (19). Por cierto, seguramente el mejor símbolo de la impotencia argentina fue la interminable discusión sobre la correspondencia y los sellos postales: en la práctica no había mucho más que el gobierno argentino pudiera hacer respecto de su reivindicación territorial.
    Como se ha visto, la constante de la política británica respecto de la soberanía de las islas había sido la de buscar el "bajo perfil" y la de negarse a discutir el tema. Recién con la iniciación de la Segunda Guerra Mundial hubo un muy relativo ablandamiento de la rotunda negativa británica a siquiera tratar el tema, que el gobierno argentino intentó capitalizar aprovechando los foros de discusión interamericanos para presentar su denuncia de la ocupación británica. La delegación argentina a la Primera Reunión de Consulta de ministros de relaciones exteriores de los países americanos proclamó que:

dentro de las aguas adyacentes al continente americano, en la extensión territorial de costas correspondientes a la República Argentina en la zona que delimita como libre de todo acto hostil no reconoce la existencia de colonias o posesiones de países europeos, y agrega que especialmente reserva y mantiene intactos los legítimos títulos y derechos de la República Argentina a islas como las Malvinas, como así a cualquiera otras tierras argentinas que resultaren ubicadas dentro o mas allá de la línea (20).

Esta declaración tenía sentido adicional en el contexto de los esfuerzos norteamericanos por concertar una política unánime de defensa hemisférica, que desde la perspectiva argentina se podía intentar vincular a una demanda de apoyo hemisférico a su reivindicación de Malvinas. Las declaraciones sobre los derechos "inalienables" de la Argentina a las Islas Malvinas fueron repetidas en el marco del sistema interamericano en la Segunda Reunión de Consulta (La Habana, 21-30 de junio de 1940) convocada por el gobierno de los Estados Unidos (21).
    También en ese año de 1940 el Foreign Office elaboró un documento titulado "Proposed offer by His Majesty's Government to reunite Falkland Islands with Argentina and acceptance of lease", que refleja la flexibilización de la posición británica generada por la guerra mundial. Este documento señala las intenciones británicas de aceptar un arrendamiento de las islas, pero lamentablemente no se conocen más detalles del documento (22).
    Al término de la guerra, bajo la presidencia de Juan Domingo Perón, la Cámara de Diputados aprobó el 5 de julio de 1946 por unanimidad una propuesta del diputado Sanmartino a fin de que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas resolviese la cuestión de soberanía sobre las Islas Malvinas (23). A partir de este momento, la disputa por las Malvinas cambió de escenario y se trasladó a los foros internacionales de reciente creación.

  • NOTAS
  1. Paul B. Goodwin, Jr., "Stamps and Sovereignty in the South Atlantic", en The American Philatelist, enero 1988, p. 42.

  2. E. Ferrer Vieyra, op. cit., pp. 188-189.

  3. J. Arce, op. cit., p. 112.

  4. F.O. 371/12736/136168, E. Ferrer Vieyra, 1993, op. cit., pp. 480-481.

  5. Ricardo Caillet-Bois, Una tierra argentina. Las Islas Malvinas, Buenos Aires, Academia Nacional de la Historia, 1982, pp. 405-406; también J. Arce, op. cit., p. 114.

  6. PRO/FO/371/20597/A2412, minuta de J.M. Troutbeck, 5 de abril 1937, y Review of the River Plate, publicado en Buenos Aires el 17 de marzo de 1933, en P.B. Goodwin, op. cit., p. 42.

  7. P.B. Goodwin, op. cit., p. 42.

  8. PRO/FO/371/18364/A538, Memorándum M. Vyvyan (23-1-1935), P.B. Goodwin, op. cit., p. 42.

  9. J. Arce, op. cit., p. 113.

  10. El relato del hecho sigue a P.B. Goodwin, op. cit., pp. 42-44.

  11. PRO/FO/371/19763/A1527, embajada británica en Buenos Aires al subsecretario de Estado Craigie, 14 de febrero de 1936, en P.B. Goodwin, op. cit., p. 43.

  12. P.B. Goodwin, op. cit., p. 43.

  13. Ver también L. S. Gustafson, op. cit., p. 32.

  14. PRO/FO/371/19763/A1245, E. Ferrer Vieyra, 1993, op. cit., pp. 498-499, énfasis agregado.

  15. F.O. 371/19763/A1140/889/2, ibid., pp. 499-500.

  16. P.B. Goodwin, op. cit., p. 43.

  17. Ibid., pp. 43-44. En palabras del subsecretario J.M. Troutbeck: "siento que es mejor dejar si es posible, [el asunto de los mapas en los sellos] como yacen los perros, dormido - o semi levantado...Si introducimos un mapa, en la Argentina habrá, probablemente, reacciones". PRO/FO/371/20597/A2412, ibid., p. 44.

  18. FO/371/19763/A6461/889/2; ver texto en documentación anexa, E. Ferrer Vieyra, 1993, op. cit., p. 194.

  19. "(...) no hay otra alternativa práctica que dejar las cosas como están. Es verdad que probablemente surjan incidentes de tiempo en tiempo (...). Al mismo tiempo, tal fricción no puede ser considerada como más que una irritación; y mientras tanto el gobierno de Su Majestad permanece en posesión efectiva, y el gobierno argentino no tiene medios para echarlo ni para forzarlo al arbitraje (...)". FO 371/19763; A 6461/889/2, E. Ferrer Vieyra, 1993, op. cit., pp. 500-501.

  20. R. Caillet-Bois, op. cit., p. 406, énfasis original.

  21. Ibid.

  22. E. Ferrer Vieyra, 1993, op. cit., p. 194.

  23. Ibid., p. 195.


Esta información procede de "Historia General de las Relaciones Exteriores de la Argentina" se han vinculado solo los temas relacionados con Malvinas. Esta obra esta compuesta de 14 tomos publicada por Iberoamérica y los Directores son Andrés Cisneros y Carlos Escudé.
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